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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2019

7.3.7. Cumplimentación

En este apartado se relacionarán todos los inmuebles de los que el declarante haya sido propietario o usufructuario en algún momento del ejercicio incluida la vivienda habitual y los inmuebles afectos a actividades económicas o que sean objeto de arrendamiento de negocio.

NO se relacionarán en este apartado los inmuebles cuya titularidad o usufructo corresponda a una entidad en régimen de atribución de rentas y que se encuentren arrendados, cedidos a terceros, afectos a una actividad económica o que sea objeto de arrendamiento de negocio. Estos inmuebles y las rentas derivadas de los mismos se relacionan y declaran en el apartado “E” de la declaración: “Regímenes especiales: Régimen de atribución de rentas". No obstante, la imputación de rentas inmobiliarias cuya titularidad corresponda a entidades en atribución de rentas deberán declararse en este apartado.

Cumplimentación:

  1. Cuando el contribuyente haya incorporado los inmuebles marcará, si no constara, el/los uso(s) y los datos adicionales que se soliciten. Si ha tenido varios inmuebles alquilados conjuntamente con un mismo contrato de arrendamiento (por ejemplo, una casa alquilada con un trastero y una plaza de garaje), marcará en el inmueble principal el uso arrendamiento; en esta misma ventana se mostrará la opción para incorporar otros inmuebles arrendados conjuntamente con éste. Al marcar dicha opción, se le abrirá un nuevo cuadro en el que se le mostrará una relación de inmuebles para que seleccione los arrendados como inmuebles accesorios. En el supuesto de que los inmuebles accesorios hubieran tenido otros usos en el ejercicio distintos de éste, sin salir de esta ventana se deberá pinchar en el icono que aparece a la izquierda de la referencia catastral abriéndose una nueva en la que se indicarán los usos que adicionalmente hubiesen tenido esos inmuebles. En la incorporación sólo se trasladan los datos identificativos de los inmuebles arrendados. Los ingresos y gastos se tienen que cumplimentar en la propia declaración. Para ello tendrá que pinchar "editar" en los inmuebles arrendados y consignar los importes en el apartado de "Información adicional".
  2. Si el contribuyente no ha incorporado los inmuebles tendrá que cumplimentar los datos identificativos de los mismos, el/los uso(s) y el apartado de "Información adicional".
  3. En el caso de que fuese propietario o usufructuario de un inmueble que no estuviera en la relación de inmuebles, susceptibles de ser o no incorporados, el  contribuyente tendrá que dar de alta el inmueble en "Alta inmuebles" y adicionalmente deberá cumplimentar los datos identificativos, el/los uso(s) y el apartado de "Información adicional".

Datos identificativos y usos

Propiedad %

Se indicará, con dos decimales, el porcentaje de participación en la plena propiedad del inmueble determinado de acuerdo con las normas sobre titularidad jurídica que resulten aplicables en cada caso.

En el supuesto de nuda propiedad sobre el inmueble no deberá indicar el porcentaje de titularidad que corresponda a la nuda propiedad. Si sólo tuviera la nuda propiedad no deberá reflejar el inmueble.

Usufructo %

Se indicará, con dos decimales, el porcentaje de participación en el usufructo del inmueble determinado de acuerdo con las normas sobre titularidad jurídica que resulten aplicables en cada caso.

Naturaleza

Se indicará si el inmueble tiene naturaleza rústica o urbana.

Sólo se incluirán los inmueble de naturaleza rústica que hayan estado arrendados, que generen imputación de rentas inmobiliarias, o que constituyan la vivienda habitual del contribuyente.

Situación

Se seleccionará, en el desplegable, la clave que corresponda a la situación del inmueble.

Referencia catastral

Se recogerá en este apartado la referencia catastral del inmueble que consta en el recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles.

Dirección del inmueble

Se hará constar la dirección completa del inmueble.

Usos

Se indicarán TODOS los usos que el inmueble haya tenido en el ejercicio señalando para ello las casillas correspondientes a los distintos usos y cumplimentando la "Información adicional" que se solicita en cada una de ellas.

  1. 7.3.7.1. Arrendamiento
  2. 7.3.7.2. Arrendamiento como inmueble accesorio
  3. 7.3.7.3. A disposición de sus titulares
  4. 7.3.7.4. Vivienda habitual en 2019
  5. 7.3.7.5. Vivienda en la que,en caso de separación o divorcio, residen los hijos yo el excónyuge
  6. 7.3.7.6. Inmuebles afectos a actividades económicas