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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2019

8.12.1.2.4. Tipo de gravamen

A efectos del fraccionamiento en los supuestos de fallecimiento y de pérdida de la residencia en España, el tipo de gravamen será el resultado de multiplicar por 100 el cociente obtenido de dividir la cuota líquida total por la base liquidable.

A tal fin se deberá diferenciar el tipo de gravamen que corresponda a las rentas generales y del ahorro, según proceda.

El tipo de gravamen se expresará con dos decimales.