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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2022

Cumplimentación

La cumplimentación de la deducción por descendientes con discapacidad se realiza abriendo la ventana de "Captura de datos".

Una vez abierta, los datos se consignan dentro del apartado "Hijos integrantes de la unidad familiar que no hayan percibido rentas y otros descendientes con derecho al mínimo por tal concepto" en "Información para la deducción por descendientes con discapacidad a cargo".

Para realizar la cumplimentación tenga en cuenta que cuando varios contribuyentes tienen derecho a la deducción respecto del mismo descendiente la opción que le garantiza que el importe de la deducción sea el máximo permitido legalmente es la cesión.

Los datos necesarios para el cálculo de la deducción deberán constar para cada descendiente con discapacidad a cargo que genere derecho a deducción.

Información de la deducción de descendientes con discapacidad a cargo:

  • Datos identificativos del descendiente.

  • Número de contribuyentes con derecho al mínimo por descendientes.

  • Fecha de la discapacidad: deberá indicar la fecha de reconocimiento de la discapacidad.

    En este sentido, si los servicios sociales de su Comunidad Autónoma dictaminan la condición de persona con discapacidad, a todos los efectos, la fecha que deberá indicar es el de la solicitud de la incapacidad.

  • Si la situación de discapacidad cesa durante el ejercicio, deberá indicar la fecha correspondiente.

  • Si se hubiera producido el fallecimiento durante este ejercicio del otro progenitor deberá indicar la fecha de fallecimiento del mismo.

  • Si el otro progenitor, tutor o acogedor con derecho al mínimo por descendientes no tiene derecho a la deducción durante todo el año por no haber realizado una actividad por cuenta propia o ajena, por no haber sido pensionista o por no haber percibido prestaciones de desempleo marcará la casilla habilitada con ese fin.

    Adicionalmente:

    • Si los hijos son comunes a ambos cónyuges deberá reflejar las cotizaciones a la Seguridad Social o mutualidad de ambos cónyuges o indicar los meses en los que son pensionistas o perceptores de prestaciones de desempleo.

    • Si los descendientes que generan el derecho a la deducción tienen vinculación D o E indicará los meses en los que el otro progenitor, tutor o acogedor, tiene derecho a la deducción por haber realizado, en esos meses, una actividad por cuenta propia o ajena, por haber sido pensionista o por haber percibido prestaciones de desempleo.

  • Si cede el derecho a la deducción que le pudiera corresponder a otro contribuyente que también tuviera derecho marcará la casilla correspondiente.

    En el caso de matrimonios, salvo que opte por una captura de datos individual, la situación que el contribuyente refleje en su declaración el programa la reflejará en la declaración del otro cónyuge.

    Si el contribuyente al que cede el derecho no es su cónyuge o siéndolo opta por una captura de datos individual deberá indicar que cede el derecho marcando la casilla y el NIF del contribuyente al que cede el derecho.

  • Si le han cedido el derecho a la deducción deberá indicar esta situación marcando la casilla correspondiente.

    • En el caso de matrimonio ,salvo que se haya optado por una captura de datos individual, las casillas aparecerán cumplimentadas.

    • Si el contribuyente que le ha cedido el derecho no es su cónyuge o siéndolo ha optado por una captura de datos individual deberá indicar el NIF del cedente.

      Además, tendrá que cumplimentar tanto para el declarante como para el cedente los datos relativos a pensionistas, desempleados o las cotizaciones a la Seguridad Social o Mutualidad según sea la situación de cada uno.

      También deberá indicar el importe de la deducción que hubiera cobrado de forma anticipada el declarante y el cedente.

      Si el contribuyente o alguno de los cedentes hubieran percibido de forma indebida (total o parcialmente) el abono anticipado y antes de la presentación de esta declaración hubieran regularizado esa situación mediante el ingreso de las cantidades recibidas en exceso a través del modelo 122 el importe a consignar en concepto de abono anticipado, en la casilla 0624, será la diferencia entre el importe que le hubieran abonado anticipadamente y el importe restituido a través de dicho modelo.

  • Indicará el importe del abono anticipado percibido:

    Si el contribuyente hubiera percibido de forma indebida (total o parcialmente) el abono anticipado y antes de la presentación de esta declaración hubieran regularizado esa situación mediante el ingreso de las cantidades recibidas en exceso a través del modelo 122 el importe a consignar en concepto de abono anticipado, en la casilla 0624, será la diferencia entre el importe que le hubieran abonado anticipadamente y el importe restituido a través de dicho modelo.

  • Datos correspondientes a pensionistas o desempleados. Consignará sus datos y si le han cedido el derecho los datos del cedente.

  • Cotizaciones a la Seguridad Social o Mutualidad. Consignará sus datos y si le han cedido el derecho los datos del cedente.

Descendientes por los que no tenga derecho al mínimo en esta declaración

Sólo deberá cumplimentar la casilla 0664 si ha percibido el abono anticipado por algún descendiente por el que no tiene derecho al mínimo por descendientes.

Ejemplo: descendiente con rentas en el ejercicio superiores a 8.000 euros por el que el cobró el abono anticipado. 

En este supuesto el contribuyente no incluirá al descendiente en su declaración, pues no genera el derecho al mínimo por descendientes, y, además deberá regularizar su situación consignando en la casilla 0664 el importe del abono anticipado percibido indebidamente.