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Modelo 200. Declaración del Impuesto de Sociedades 2018

2.6.1.4 Sociedad de inversión inmobiliaria o fondo de inversión inmobiliaria

Esta clave será marcada por las sociedades y fondos de esa naturaleza que tengan el carácter de instituciones de inversión colectiva no financieras, cuando tengan por objeto exclusivo la inversión en cualquier tipo de inmueble de naturaleza urbana para su arrendamiento y que por ello les resulte de aplicación el tipo de gravamen del 1% establecido en el artículo 29.4 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. La aplicación de dicho tipo de gravamen requerirá que los bienes inmuebles que integran el activo de las mencionadas instituciones de inversión colectiva no se enajenen hasta que no hayan transcurrido tres años desde su adquisición, salvo que, con carácter excepcional, medie autorización expresa de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

Asimismo, deberán marcar esta clave las sociedades y fondos de inversión inmobiliaria que desarrollen la actividad de promoción exclusivamente de viviendas para destinarlas a su arrendamiento, y que les sea de aplicación el tipo de gravamen del 1 por 100 establecido en el mencionado artículo 29.4 de la LIS.