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Modelo 200. Declaración del Impuesto de Sociedades 2018

4.3.2.4 Insuficiencia de la base imponible

En el supuesto en que la base imponible sea insuficiente para aplicar la reducción, las canti­dades pendientes podrán ser objeto de aplicación en los períodos impositivos que finalicen en los 2 años inmediatos y sucesivos al cierre del período impositivo en que se haya generado el derecho a la reducción, conjuntamente con la reducción que pudiera corresponder, en su caso, por aplicación de lo dispuesto en este artículo en el período impositivo correspondiente, y con el límite previsto en el párrafo anterior.