4.3.3.4. Caso de las entidades navieras en régimen de tributación en función del tonelaje
Si estas entidades han consignado en la clave [00550] un importe (positivo) resultante de la suma de los importes de las claves [00578] y [00579] (como se ha indicado anteriormente respecto a estas entidades y en relación a la clave [00579]):
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El importe total de bases imponibles negativas a compensar en el período impositivo objeto de liquidación, consignado en la clave [00547] de la página 15 del modelo 200, deberá trasladarse a la misma clave de la página 13 del modelo minorado en el importe consignado en la clave [00632] de la página 21 del modelo.
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Dicho importe de la clave [00547] de la página 13 deberán restarlo de la cuantía de la clave [00550], pero teniendo en cuenta que la cantidad máxima en que pueden minorar el importe de la clave [00550] es el importe que figure en la clave [00578].
Y el resultado así obtenido, que no podrá ser negativo, lo consignarán en la clave [00552] (base imponible).