9.6.4.4 Exceso cuota líquida positiva pendiente de aplicación en períodos futuros
En la columna «Exceso cuota líquida positiva pendiente de aplicación en períodos futuros», se consignará en la clave [01578] y [02112] el importe del exceso de la cuota líquida positiva correspondiente a 2017 y 2018 recogida en las claves [01575] y [02109] de la liquidación del período impositivo objeto de declaración, pero no aplicada en dicho período en las claves [01576], [02110], [01577] y [02111], por lo que queda pendiente de aplicación para períodos futuros.