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Modelo 200. Declaración del Impuesto de Sociedades 2018

11.5.1.2 Aplicación del régimen especial

La realización de las operaciones reguladas en el Capítulo VII del Título VII de la LIS aplican el régimen establecido en el mismo, salvo que expresamente se indique lo contrario a través de la comunicación a la Administración Tributaria.

Particularidades de la comunicación

  • La comunicación deberá ser presentada por la entidad adquirente de las operaciones, salvo que la misma no sea residente en territorio español, en cuyo caso dicha comunicación se realizará por la entidad transmitente.

    En el caso de operaciones en las que ni la entidad adquirente ni la transmitente son residentes en territorio español, la comunicación deberá ser presentada por los socios de la entidad transmitente, siempre que sean residentes en territorio español. En caso contrario, la comunicación será efectuada por la entidad transmitente.

  • La comunicación deberá efectuarse dentro del plazo de los tres meses siguientes a la fecha de inscripción de la escritura pública en que se documente la operación.

    Si la inscripción no fuera necesaria, el plazo se computará desde la fecha en que se otorgue la escritura pública o documento equivalente que corresponda a la operación.

En las operaciones de cambio de domicilio social, la comunicación deberá realizarse dentro del plazo de los tres meses siguientes a la fecha de inscripción en el registro del Estado miembro del nuevo domicilio social de la escritura pública o documento equivalente en que se documente la operación.

En el caso de operaciones en las que ni la entidad adquirente ni la transmitente sean residentes en territorio español, la comunicación se realizará en el plazo previsto para la presentación de las declaraciones o autoliquidaciones correspondientes a los socios de la entidad transmitente, siempre que sean residentes en territorio español. En caso contrario, se aplicará el plazo previsto en el primer párrafo.

  • La comunicación debe dirigirse a la Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria del domicilio fiscal de las entidades, o en su caso, a las Dependencias Regionales de Inspección o a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes, a las que estén adscritas.

  • La comunicación deberá tener el siguiente contenido:

    • Identificación de las entidades participantes en la operación y descripción de la misma.

    • Copia de la escritura pública o documento equivalente que corresponda a la operación.

    • Si las operaciones se han realizado mediante una oferta pública de adquisición de acciones, deberá aportarse también copia del correspondiente folleto informativo.

    • Indicación, en su caso,de la no aplicacion del regimen fiscal especial Capitulo VII del Título VII de la LIS.