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Modelo 200. Declaración del Impuesto sobre Sociedades 2019

4.2.61 Claves 01022 y 01023 unión temporal de empresas (UTE), ajustes por participar en el extranjero en fórmulas de colaboración análogas a las UTE (Artículo 45.2 LIS)

Tanto el régimen transitorio establecido en el apartado 6 de la disposición transitoria deci­mosexta de la LIS, como lo dispuesto en el artículo 45.2 de esta Ley, es igualmente aplicable en los términos establecidos en el apartado anterior, a las entidades que participen en obras, servicios o suministros que realicen o presten en el extranjero mediante fórmulas de colabo­ración análogas a las uniones temporales, por lo que sus socios o empresas miembros deberán realizar los siguientes ajustes:

  • En aplicación del régimen transitorio recogido en el apartado 6 de la disposición transitoria decimosexta de la LIS, se deberá realizar un ajuste positivo en la clave [00184] de aumen­tos, por el importe de la renta negativa previamente imputada, con el límite del importe de dichas rentas positivas.

  • Según lo dispuesto en el artículo 45.2 de la LIS, se deberán realizar en estas claves, cumplimentando, en su caso, sus correspondientes casillas de desglose, los ajustes que procedan por la obtención de rentas obtenidas en el extranjero que se acojan a la exención del artículo 22 de la LIS o a la deducción por doble imposición prevista en el artículo 31 de esta Ley.