11.2.1 Determinación de la base imponible
La desagregación de la base imponible se realizará con arreglo al esquema que aparece en esta pantalla.
Importante:
Al cumplimentar esta pantalla ha de tenerse en cuenta que el Sociedades Web efectúa los siguientes controles:
Si el resultado de la operación C6+C7-C8-C9+E6+E7-E8-E9 es negativo o cero, no se permite la cumplimentación de los campos C10, C11 y E11.
Si, por el contrario, el resultado de esa operación es positivo, se permite la cumplimentación de los campos C10, C11 y E11; en este supuesto, además, se tiene en cuenta que la aplicación de los mismos considerados individualmente o en su conjunto, no puede suponer que el sumatorio de los campos 553 y 554 resulte negativo.
- 11.2.1.1 Ingresos computables
- 11.2.1.2 Gastos específicos
- 11.2.1.3 Gastos generales imputados
- 11.2.1.4 Gastos Fondo de Educación y Promoción
- 11.2.1.5 Incrementos y disminuciones patrimoniales
- 11.2.1.6 Resultado
- 11.2.1.7 Aumentos (ajustes positivos)
- 11.2.1.8 Disminuciones (ajustes negativos)
- 11.2.1.9 Minoración por dotación obligatoria al fondo de reserva obligatorio (Artículo 16.5 Ley 20/1990)
- 11.2.1.10 Reserva para inversiones en Canarias (Ley 19/1994)
- 11.2.1.11 Factor de agotamiento
- 11.2.1.12 Base imponible
- 11.2.1.13 Desagregación de la base imponible