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Manual de actividades económicas. Obligaciones fiscales de empresarios y profesionales residentes en territorio español

1.1.2 Dónde

Los modelos 036 o 037 de declaración censal se presentarán:

  • Por Internet con certificado electrónico o DNIe (la documentación complementaria se presentará en el registro electrónico de la AEAT, en 10 días hábiles desde la presentación del modelo).También con Cl@ve en caso de personas físicas no obligadas a utilizar el certificado electrónico, o mediante el trámite de solicitud de NIF no presencial a través de un presentador, con certificado electrónico o Cl@ve.

  • Por registro electrónico para los contribuyentes que no estén obligados a la presentación telemática, utilizando el trámite Procedimiento extraordinario de presentación Modelos 036-037, mediante la obtención del Modelo 036/037 validado en formato PDF y de la documentación adicional necesaria.

  • Entrega en mano en la oficina de la AEAT del domicilio fiscal del titular o representante, entregando el impreso (PDF descargado tras la cumplimentación en línea del formulario) junto a la documentación complementaria. El modelo en PDF que se obtenga tiene carácter de borrador y no tiene validez hasta que no haya sido presentado en las oficinas de la AEAT.

  • Los no residentes lo presentarán en la oficina de la Agencia Tributaria de su representante, si no nombran representante en la del lugar donde operen.

Es obligatorio presentar el modelo 036 por Internet, salvo para los casos en los que se utilice para solicitar la asignación del NIF provisional o definitivo, para:

  • Administraciones Públicas

  • Adscritos a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes

  • Adscritos a las Unidades de Gestión de Grandes Empresas de la Agencia Tributaria

  • SA y SL

  • Obligados tributarios que soliciten la inscripción en el REDEME del IVA

Los empresarios, profesionales y retenedores con domicilio fiscal en el País Vasco o Navarra presentarán los modelos 036 o 037 ante la Administración tributaria del Estado cuando deban presentar ante ésta autoliquidaciones, resúmenes o declaraciones anuales o cuando sean sujetos pasivos del IAE y desarrollen actividades económicas en territorio común.