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Manual de actividades económicas. Obligaciones fiscales de empresarios y profesionales residentes en territorio español

5.10.2 Requisitos

Toda factura contendrá los datos siguientes:

  • Número y, en su caso, serie.

  • Fecha de expedición.

  • Nombre y apellidos, razón o denominación social completa del expedidor y del destinatario.

  • NIF del obligado a expedir la factura y, en determinados casos, del destinatario.

  • Domicilio del expedidor y del destinatario.

  • Descripción de las operaciones y datos necesarios para determinar la BI y su importe (precio unitario sin IVA, descuentos o rebajas).

  • Tipo o tipos impositivos.

  • Cuota tributaria consignada por separado.

  • Fecha de la operación, si es distinta de la de expedición de la factura.

  • Además, en su caso, es obligatorio mencionar:

    • En las operaciones que estén exentas, la norma que establece la exención.

    • En las entregas de medios de transporte nuevos, la fecha de su primera puesta en servicio y las distancias recorridas u horas de navegación o vuelo realizadas hasta su entrega.

    • Cuando sea el adquirente o destinatario de la entrega o prestación quien expida la factura en lugar del proveedor o prestador, la mención “facturación por el destinatario”.

    • Cuando el sujeto pasivo del Impuesto sea el adquirente o el destinatario de la operación, la mención “inversión del sujeto pasivo”.

    • En caso de aplicación de los siguientes regímenes especiales, la mención “régimen especial de las agencias de viajes”, “régimen especial de los bienes usados”, “régimen especial de los objetos de arte” o “régimen especial de las antigüedades y objetos de colección” o “régimen especial del criterio de caja”.

    • Cuando se incluyen varias operaciones en la misma factura debe especificarse por separado la parte de base imponible de cada una de ellas cuando se incluyan las siguientes operaciones:

      • exentas y otras en las que no se dan dichas circunstancias.

      • en las que el sujeto pasivo del IVA es su destinatario y otras en las que no se dan esta circunstancia.

      • sujetas a diferentes tipos del IVA.