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Manual de actividades económicas. Obligaciones fiscales de empresarios y profesionales residentes en territorio español

5.8.1 En qué consiste

Este régimen especial de IVA es conocido como régimen de la ventanilla única (OSS) y está constituida por tres regímenes opcionales que simplifican las obligaciones formales en materia de IVA para los empresarios o profesionales que entregan bienes y/o prestan servicios a consumidores finales por toda la UE, ya que permite que los mismos no tengan que identificarse y darse de alta en cada Estado miembro en el que repercuten IVA (Estado miembro de consumo), sino que podrán:

  • registrarse a efectos de IVA electrónicamente en un solo Estado miembro para todas las ventas de bienes y servicios, que reúnan los requisitos, realizadas a clientes ubicados en cualquiera de los otros Estados miembros;

  • presentar una única declaración del IVA electrónica en el Estado miembro de identificación y liquidar en un único pago el IVA devengado por todas estas ventas de bienes y servicios;

Para ello, deberán expresamente registrarse en el régimen correspondiente a través de formulario 035.

La Ventanilla Única tiene tres modalidades:

  • Régimen exterior a la Unión (EUOSS).

  • Régimen de la Unión (UOSS).

  • Régimen de Importación (IOSS).

Las tres modalidades se refieren exclusivamente a entregas o prestaciones efectuadas por los empresarios o profesionales a consumidores finales (operaciones B2C).