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Manual práctico de Renta 2020.

Régimen transitorio

Normativa: Disposición transitoria octava Ley IRPF

Participaciones y acciones adquiridas antes del 1 de enero de 1999

A efectos de calcular el exceso del valor liquidativo, se tomará como valor de adquisición el valor liquidativo a día 1 de enero de 1999, respecto de las participaciones y acciones que en dicho ejercicio se posean por el contribuyente. La diferencia entre dicho valor y el valor efectivo de adquisición no se tomará como valor de adquisición a los efectos de la determinación de las rentas derivadas de la transmisión o reembolso de las acciones o participaciones.

Beneficios obtenidos con anterioridad a 1 de enero de 1999

Los dividendos y participaciones en beneficios distribuidos por las instituciones de inversión colectiva, que procedan de beneficios obtenidos con anterioridad a 1 de enero de 1999, se integrarán en la base imponible de los socios o partícipes de los mismos. A estos efectos, se entenderá que las primeras reservas distribuidas han sido dotadas con los primeros beneficios ganados.

Ejemplo:

Don S.M.G., es titular desde marzo de 1998 de una participación en una institución de inversión colectiva, constituida en un país calificado reglamentariamente como paraíso fiscal, cuyo valor de adquisición fue el equivalente a 12.020 euros.

El valor liquidativo de dicha participación a 31-12-2020 es de 31.800 euros.

Determinar la renta imputable al ejercicio 2020, sabiendo que el valor liquidativo de la participación a 01-01-1999 ascendía al equivalente a 12.500 euros y que las rentas imputadas en los ejercicios 1999 a 2019 ascendieron a 16.200 euros.

Solución:

Imputación de rentas correspondientes al ejercicio 2020:

  • Valor liquidativo a 31-12-2020: 31.800
  • Valor de adquisición a 01-01-2020: 28.700 (1)
  • Renta imputable (31.800 - 28.700) = 3.100

Nota al ejemplo:

(1) La determinación del valor de adquisición al inicio del periodo impositivo se efectúa partiendo del valor liquidativo a 01-01-1999 (12.500 euros) y sumando a dicho importe las imputaciones de renta realizadas en los ejercicios 1999 a 2019 (16.200). Así pues: 12.500 + 16.200 = 28.700. (Volver)