Saltar al contenido principal
Manual práctico de Renta 2020.

Para contribuyentes viudos

Normativa: Art. 7 Texto Refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1/2018, de 10 de abril.

Cuantía y requisitos para la aplicación de la deducción

  • 100 euros, con carácter general, para contribuyente viudos siempre que la suma de las bases imponibles general y del ahorro (casillas [0435] y [0460] de la declaración) no sea superior a:

    • - 19.000 euros en tributación individual.
    • - 24.000 euros en tributación conjunta.
  • 200 euros, si el contribuyente viudo tiene a su cargo uno o más descendientes que, de conformidad con el artículo 58 de la Ley IRPF, computan a efectos de aplicar el mínimo por descendientes.

    La deducción de 200 euros podrá aplicarse siempre que alguno de los descendientes dé derecho a aplicar el mínimo por descendientes y no perciba ningún tipo de renta.

  • No tendrán derecho a la aplicación de esta deducción los contribuyentes que hubieren sido condenados, en virtud de sentencia firme, por delitos de violencia de género contra el cónyuge fallecido.

Incompatibilidad

Esta deducción es incompatible para el contribuyente en estado de viudedad con la aplicación de la "deducción por trabajo dependiente".