Comunidad Autónoma de Extremadura
Los contribuyentes que en 2020 hayan tenido su residencia habitual en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura podrán aplicar las siguientes deducciones autonómicas:
- Por trabajo dependiente
- Por partos múltiples
- Por acogimiento de menores
- Por cuidado de familiares con discapacidad
- Por cuidado de hijos menores de hasta 14 años inclusive
- Para contribuyentes viudos
- Por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual para jóvenes y para víctimas del terrorismo
- Por arrendamiento de vivienda habitual
- Por la compra de material escolar
- Por inversión en la adquisición de acciones y participaciones sociales como consecuencia de acuerdos de constitución de sociedades o ampliación de capital en las sociedades