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Manual práctico de Renta 2020.

7. Variación de existencias (solo si hay un aumento de existencias al final del ejercicio)

La variación de existencias es la diferencia que se produce entre las existencias (mercaderías y materias primas) iniciales y las finales del ejercicio contable, valoradas éstas por su precio de adquisición.

La variación de existencias tiene por objeto determinar el consumo de existencias del ejercicio y ajustar el resultado. Por ello, cuando la valoración de las existencias al inicio del ejercicio es menor que al final de éste, dicha diferencia ha de reflejarse como ingreso ya que significa que parte de las existencias adquiridas en el ejercicio no se han consumido al finalizar éste.

A diferencia de lo anterior, cuando la valoración de las existencias iniciales es mayor que la valoración de las existencias finales, dicha variación negativa ha de reflejarse como gasto. En este caso dicha variación significa que se han consumido en el ejercicio más existencias que las adquiridas a lo largo del mismo, considerando también las existencias que figuraban en el inventario a 1 de enero.

Véase dentro de los "Gastos fiscalmente deducibles" el apartado sobre “Variación de existencias” así como la norma de registro y valoración 10ª del Plan General de Contabilidad, aprobado por Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre (BOE del 20), dedicada a la valoración de las existencias. También véase la Resolución de 14 de abril de 2015, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se establecen criterios para la determinación del coste de producción.

Ejemplo:

Don P.X.R dedicado a la venta de electrodomésticos dispone en su almacén de existencias valoradas al inicio del ejercicio 2020 por importe 40.000 euros. Al final del ejercicio el recuento e inventario de las existencias que existen en su almacén alcanza una valoración de 60.000 euros.

Determinar si la valoración de existencias debe figurar como ingreso o gasto del ejercicio para determinar el rendimiento neto de la actividad.

Solución:

Existencias finales: Valoración: 60.000

Existencias iniciales: Valoración 40.000

Variación de existencias (60.000 – 40.000) = + 20.000

Al ser inventario final de existencias superior al inicial la diferencia (20.000 euros) figurará como un ingreso del ejercicio por este concepto. Ello significa que durante el ejercicio se han consumido 20.000 euros menos de las existencias que se han adquirido a lo largo del ejercicio, lo que supone al final un aumento de las existencias finales por importe de 20.000 euros.