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Manual práctico de Renta 2020.

Módulo "Potencia eléctrica"

Normativa: Instrucción 2.1.6ª para la aplicación de los signos, índices o módulos en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del anexo II de la Orden 1164/2019, de 22 de noviembre (BOE del 30).

Se entenderá por potencia eléctrica la contratada con la empresa suministradora de la energía, cuya unidad es el kilovatio contratado (kw).