Saltar al contenido principal
Manual práctico de Renta 2022.

Cuadro: Relación de Actividades

Normativa: Orden HFP/1335/2021, de 1 de diciembre (BOE de 2 de diciembre)

ActividadClave
Agrícola o ganadera susceptible de estar incluida en el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca del Impuesto sobre el Valor Añadido 1
Forestal susceptible de estar incluida en el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca del Impuesto sobre el Valor Añadido 2
Ganadería independiente clasificada en la División 0 del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) 3
Servicios de cría, guarda y engorde de ganado 4
Otros trabajos, servicios y actividades accesorios realizados por agricultores o ganaderos, que estén excluidos o no incluidos en el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca
del Impuesto sobre el Valor Añadido
5
Otros trabajos, servicios y actividades accesorios realizados por titulares de actividades forestales, que estén excluidos o no incluidos en el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca del Impuesto sobre el Valor Añadido 6
Aprovechamientos que correspondan al cedente en las actividades agrícolas desarrolladas en régimen de aparcería 7
Aprovechamientos que correspondan al cedente en las actividades forestales desarrolladas en régimen de aparcería 8
Procesos de transformación, elaboración o manufactura de productos naturales, vegetales o animales, que requieran el alta en un epígrafe correspondiente a actividades industriales en las tarifas del IAE y se realicen por los titulares de las explotaciones de las cuales se obtengan directamente dichos productos naturales 9

Importante: cada una de las nueve actividades enumeradas anteriormente tienen la consideración de independientes entre sí a efectos de la aplicación del método de estimación objetiva, por lo que, en caso de desarrollarse varias, la determinación del rendimiento neto debe efectuarse de forma separada para cada una de ellas.