3. Cálculo de la reducción aplicable de acuerdo con la disposición transitoria novena de la Ley del IRPF
Una vez determinada la parte de la ganancia patrimonial generada con anterioridad a 20 de enero de 2006, su importe se reducirá, en su caso, de acuerdo con los pasos que se describen a continuación:
- 3.1. Período de permanencia del elemento patrimonial en el patrimonio del contribuyente con anterioridad a 31 de diciembre de 1996.
- 3.2. Cálculo del valor del conjunto de las transmisiones realizadas a partir de 1 de enero de 2015 para el límite de 400.000 euros
- 3.3. Aplicación los coeficientes reductores o de abatimiento que correspondan