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Manual práctico de Renta 2022.

Por adopción internacional de menores

Normativa: Art. 9 Texto Refundido de las disposiciones legales del Principado de Asturias en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 2/2014, de 22 de octubre

Cuantía  de la deducción

1.500 euros por cada hijo adoptado en el período impositivo siempre que el menor conviva con el declarante y se trate de una adopción de carácter internacional.

Requisitos para la aplicación de la deducción

  • Ha de tratarse de supuestos de adopción internacional de menores, en los términos establecidos en la Ley 54/2007, de 28 de diciembre, de Adopción Internacional.

  • La adopción se entenderá realizada en el ejercicio impositivo en que se lleve a cabo la inscripción en el Registro Civil español. Cuando la inscripción no sea necesaria se atenderá al período impositivo en que se produzca la resolución judicial o administrativa correspondiente.

  • Cuando exista más de un contribuyente con derecho a la aplicación de la deducción y estos realicen declaración individual del impuesto, la deducción se prorrateará por partes iguales en la declaración de cada uno de ellos.