Mínimo por discapacidad
La Sede electrónica de la Agencia Tributaria incorpora un « Asistente virtual de Renta», donde podrá consultar los mínimos por discapacidad correspondientes del contribuyente, de los ascendientes o descendientes.
Normativa: Arts. 60 y 61 Ley IRPF
El mínimo por discapacidad es la suma de los importes que correspondan por los mínimos por discapacidad del contribuyente y por discapacidad de ascendientes o descendientes.
- Mínimo por discapacidad del contribuyente: cuantías aplicables
- Mínimo por discapacidad de ascendientes o descendientes: cuantías aplicables
- Acreditación de la discapacidad, de la necesidad de ayuda de terceras personas o de la existencia de dificultades de movilidad
- Condiciones para la aplicación del mínimo por discapacidad