A. Deducciones de la Ley del Impuesto sobre Sociedades aplicables en Canarias
Normativa: Art. 94 y 94 bis Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias.
Las siguientes deducciones previstas en la LIS son aplicables en Canarias con incrementos tanto en los porcentajes de deducción correspondientes y en las cuantías fijadas, como respecto al límite máximo conjunto aplicable.
Respecto a la LIS véase la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.
Atención: téngase en cuenta que la nueva deducción por contribuciones empresariales a sistemas de previsión social empresarial del artículo 38 ter de la LIS se aplica en Canarias sin ninguna especialidad. Por esta razón para su aplicación véase los comentarios sobre la misma en el "Régimen general de deducciones" del apartado "Deducciones por incentivos y estímulos a la inversión empresarial en actividades económicas en estimación directa" de este capítulo.