Régimen fiscal especial de las Illes Balears
Normativa: Disposición adicional septuagésima Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023
Objeto y ámbito temporal de aplicación
Se establece un régimen fiscal especial para las Illes Balear, cuyo objeto es el reconocimiento del hecho específico y diferencial de su insularidad, mediante la aprobación de un conjunto de medidas fiscales que, en relación a IRPF, serán aplicables en los ejercicios 2023 a 2028, ambos incluidos.
Ámbito espacial de aplicación
Este régimen fiscal es aplicable en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, definido en el artículo 2 de su Estatuto de Autonomía, formado por el de las islas de Mallorca, Menorca, Ibiza, Formentera y Cabrera y por el de las otras islas menores adyacentes.
Beneficios fiscales previstos en este régimen
El régimen especial para las Illes Balear comprende las siguientes medidas de carácter fiscal: