La declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Modelo 349
La correcta aplicación de la tributación en el IVA de las operaciones intracomunitarias requiere la existencia de un adecuado intercambio de información entre los Estados miembros de la Comunidad Europea. Para los empresarios y profesionales españoles implica la presentación de la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias.
El modelo que ha de utilizarse a estos efectos es el modelo 349, aprobado por la Orden EHA/769/2010, de 18 de marzo, publicada en el BOE de 29 de marzo de 2010.
Se declaran entregas y adquisiciones de bienes y prestaciones de servicios, así como las transferencias de bienes expedidos o transportados desde el territorio de aplicación del Impuesto con destino a otro Estado miembro en el marco de acuerdos de ventas de bienes en consigna.
Debe presentarla todo empresario o profesional que realice entregas o adquisiciones intracomunitarias de bienes y servicios o transferencias de bienes con destino a otro estado miembro en el marco de acuerdos de ventas de bienes en consigna, cualquiera que sea su régimen de tributación a efectos del IVA. En el supuesto de realizar operaciones reguladas en el artículo 27.12º de la Ley del IVA por medio de un representante fiscal, será este último el obligado a presentar el modelo 349 por realizar la entrega intracomunitaria de bienes exenta.
La declaración no se presentará en los períodos en los que no se hubiesen realizado estas operaciones.