Entidades menores dependientes de diócesis, provincia religiosa o entidad eclesiástica integradas en la declaración, previamente autorizadas
Este apartado ubicado en la página 2 bis del modelo 200 deberá ser cumplimentado por aquellas entidades eclesiásticas que previamente hayan marcado la clave [00078] «Diócesis, provincia religiosa o entidad eclesiástica que integra entidades menores de ellas dependientes» de la página 1 de dicho modelo, es decir, aquellas entidades eclesiásticas que, previa solicitud al Ministerio de Hacienda (actualmente, Ministerio de Hacienda y Función Pública), hayan obtenido el reconocimiento como contribuyente del Impuesto sobre Sociedades con un ámbito más amplio al correspondiente al de su propia personalidad jurídica, en cuyo caso englobarán todas las actividades y rendimientos de las entidades inferiores que de ese contribuyente dependan.
En este apartado, las entidades eclesiásticas con un ámbito más amplio (normalmente las diócesis o provincias religiosas) que hayan obtenido el reconocimiento como contribuyente del Impuesto sobre Sociedades, deberán consignar el número de identificación fiscal (NIF) y el nombre o razón social de cada una de las entidades menores que de ellas dependan.
Puede consultar cómo tributan estas entidades eclesiásticas en el Capítulo 1 de este Manual práctico.