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Manual práctico de Patrimonio 2019.

Ejemplo: Exención del patrimonio empresarial y profesional

Don A.H.C. desarrolla en el ejercicio 2019 de forma habitual, personal y directa una actividad empresarial de la que ha obtenido unos rendimientos netos de 29.000 euros. La base imponible general y del ahorro del IRPF declarada por don A.H.C. en dicho ejercicio asciende a 60.000 euros. El valor de todos los bienes y derechos afectos a la actividad económica desarrollada, a efectos del Impuesto sobre el Patrimonio, es de 200.000 euros.

Don A.H.C. ha percibido durante 2019 un total de 3.000 euros por el desempeño de determinadas funciones directivas que le ha encomendado el Consejo de Administración de una entidad en la que tiene participaciones exentas del Impuesto sobre el Patrimonio.

Determinar si los bienes y derechos de don A.H.C. afectos a la actividad empresarial desarrollada por el mismo están o no exentos en el Impuesto sobre el Patrimonio en 2019.

Solución:

Para el cálculo de la principal fuente de renta de don A.H.C. no se tienen en cuenta las retribuciones percibidas por las funciones de dirección desempeñadas en la entidad de la que posee participaciones exentas del Impuesto sobre el Patrimonio. Por lo tanto, el 50 por 100 de la base imponible general y del ahorro del IRPF del contribuyente asciende a:

50% de (60.000 – 3.000) = 28.500 euros

El rendimiento neto de la actividad del presente ejercicio asciende a 29.000 euros, que es superior al 50 por 100 de la base imponible del IRPF del contribuyente. Por consiguiente, los bienes y derechos afectos a la actividad empresarial están exentos del Impuesto sobre el Patrimonio en el ejercicio 2019.

Comentario: al depender de un determinado nivel de rendimientos, puede suceder que un mismo contribuyente tenga derecho a la exención en un determinado ejercicio y no en el siguiente.