Más información
Podrán solicitar cita para confeccionar su Renta, por teléfono o en oficinas, los contribuyentes que hayan obtenido en 2023:
- Rendimientos del trabajo, con el límite de 65.000 € anuales.
- Rendimientos del capital mobiliario, con el límite de 15.000 € anuales.
- Rendimientos del capital inmobiliario con el límite de 2 bienes inmuebles alquilados o 2 contratos de alquiler.
- Rendimientos de actividades empresariales en módulos (con sus subvenciones).
- Ganancias patrimoniales sujetas a retención o ingreso a cuenta (derechos de suscripción, fondos de inversión salvo si calcula su base de retención por el art 97.2 RIRPF, y premios). Ganancias y pérdidas patrimoniales por transmisión (incluso la vivienda habitual y excluidas las de bienes adquiridos por herencia o donación), con el límite de 2 transmisiones. Renta básica de emancipación, subvenciones (salvo de actividades económicas) y resto de ganancias y pérdidas patrimoniales (sin transmisión).
- Imputación de rentas inmobiliarias.
- Todas las rentas anteriores en el régimen de atribución de rentas (con el límite según su naturaleza).
También se realizan declaraciones con:
- Compensación partidas pendientes de ejercicios anteriores.
- Rentas exentas con progresividad.
- Regularización clausulas suelo.
- Deducción por doble imposición internacional.
- Rectificaciones y complementarias del ejercicio 2023 (con los límites generales establecidos)
- Con atención a circunstancias excepcionales
Asistencia TELEFÓNICA: para llamarte por teléfono y realizarte tu declaración de Renta 2023.
Cita disponible: desde el 29 de abril hasta el 28 de junio a través de:
- Internet con NIF/NIE o con Cl@ve, referencia, DNI electrónico o certificado electrónico.
- App "Agencia Tributaria"
- Teléfono automático 91 535 73 26 o 901 12 12 24.
- Teléfono de cita para Renta con atención personal 91 553 00 71 o 901 22 33 44. De lunes a viernes, de 9 a 19 horas.
Asistencia en OFICINAS: para atenderte en oficina y realizarte tu declaración de Renta 2023.
Cita disponible: desde el 29 de mayo hasta el 28 de junio por las mismas vías, excepto el teléfono automático.
Puedes anular tu cita de Campaña de Renta 2023 por las mismas vías.
Sí.
Los contribuyentes que faciliten un número de móvil al concertar su cita, reciben un SMS con los datos del día, centro, hora y el enlace a la documentación necesaria para hacer su Renta.
Los contribuyentes que faciliten una dirección de correo electrónico al concertar su cita, reciben un correo electrónico con los datos del día, centro, hora y el enlace a la documentación necesaria para hacer su Renta.
Los contribuyentes con cita para para confeccionar por teléfono su Renta reciben un segundo recordatorio por SMS, 2 días antes de la cita, si han comunicado un teléfono móvil.
Sí.
Recuerda anularla como mínimo un día antes, así quedará disponible para otro contribuyente que la pueda necesitar.
El número máximo de citas por contribuyente son 2 (no cuentan las citas anuladas).
La anulación de citas se podrá realizar por cualquiera de las siguientes vías:
- Internet con NIF/NIE o DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve PIN o referencia.
- App"Agencia Tributaria".
- Teléfono automático91 535 73 26 o 901 12 12 24.
- Teléfono de cita para Renta con atención personal 91 553 00 71 o 901 22 33 44. De lunes a viernes, de 9 a 19 horas.
El número máximo de citas por contribuyente son 2 (no cuentan las citas anuladas).
Concertada una cita, podrás modificarla o anularla cuantas veces necesites.
En el servicio telefónico de cita para Renta 91 553 00 71 o 901 22 33 44 (con atención personal de lunes a viernes de 9 a 19 horas) deberás concretar las personas que necesitan cita y si pertenecen, o no, a la misma unidad familiar:
- Si es para UNA PERSONA: 1 CITA, 1 número de NIF / NIE.
- Si es para UNA UNIDAD FAMILIAR: 1 CITA,1 número de NIF / NIE (tanto en tributación individual como en conjunta).
- SI NO PERTENECEN A LA MISMA UNIDAD FAMILIAR se deben concertar las CITAS necesarias según los puntos anteriores, con un máximo de 6 citas en una llamada, con los correspondientes 6 números de NIF / NIE.
En el teléfono automático 91 535 73 26 o 901 12 12 24, solo puede concertar 1 CITA (para una persona o para una unidad familiar) en cada llamada.
No. Es suficiente 1 cita por unidad familiar, con el NIF de cualquiera de los cónyuges.
Hay 2 modalidades de unidad familiar:
- En caso de matrimonio, la unidad familiar está formada por los cónyuges no separados y si los hay, los hijos menores de edad (menores de 18 años, salvo los que vivan independientes con el consentimiento de los padres) y los hijos mayores de edad incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada.
- En caso de separación legal, viudos o solteros, la unidad familiar está formada por el padre o la madre y todos los hijos que convivan con uno u otra, con los requisitos de la modalidad anterior.
No. Si optan por la tributación conjunta, no podrán usar este servicio.
En este caso, el cónyuge incluido en perfil del servicio de cita para Renta, puede solicitar cita para confeccionar su declaración de Renta en tributación individual
No. Es suficiente 1 cita para la unidad familiar del fallecido, con el NIF de cualquiera de los cónyuges.
Se confeccionarán en tributación individual, las declaraciones del fallecido y del resto de miembros de esa unidad familiar.
Sí. La persona autorizada a confeccionar la declaración de un tercero debe tener su consentimiento expreso:
- Para atenderle POR TELÉFONO y presentar su declaración de Renta, debe disponer de los datos de contraste que le soliciten: NIF/NIE con su fecha de validez, expedición o número de soporte, fecha de nacimiento, número de referencia, domicilio fiscal, IBAN de una cuenta en la que figure como titular, y cualquier otro que se le pueda requerir. Tras contrastar la identificación y la autorización, la llamada será grabada.
- Para atenderle personalmente EN OFICINAS, deberá acudir a la cita con la autorización firmada y fotocopia del DNI de la persona que autoriza (representado). Modelo de autorizacion 2023 (agenciatributaria.gob.es)
La Agencia Tributaria solo te puede llamar en relación con la Campaña de la Renta si has solicitado una cita para llamarte por teléfono y realizar tu declaración de Renta. Cuando la Agencia Tributaria te llame, lo hará exclusivamente a través de este número de teléfono: 810 520 052 (o desde el 917276222 si nos has facilitado un número de teléfono extranjero).
Te recomendamos que incorpores este número de teléfono a tu agenda para identificar las llamadas de la Agencia Tributaria. No atiendas llamadas de otros números de teléfono, llamadas ocultas o mensajes en aplicaciones móviles de mensajería como WhatsApp, Telegram, etc., que se identifiquen como de la Agencia Tributaria en relación con la Campaña de la Renta.
En caso de recibir llamadas desde números de teléfono diferentes a los indicados, agradecemos la colaboración ciudadana informando a través de los canales habilitados en Agencia Tributaria: Colabora para evitar el fraude por Internet.