Canal interno de información Ley 2/2023 (comunicación de infracciones realizadas por personal de la AEAT)
A través de este Canal solo se admitirá la comunicación de información relativa a conductas o comportamientos del personal de la Agencia Tributaria contrarias al ordenamiento jurídico de acuerdo con la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. No se tramitarán denuncias tributarias ni quejas. (Si desea presentar una denuncia debe ir al apartado denuncia tributaria en esta misma página. Si desea formular una queja por el mal funcionamiento de los servicios puede presentarla ante el Consejo para la Defensa del Contribuyente).
Informaciones no incluidas en el ámbito de la Ley 2/2023
En el supuesto de comunicaciones recibidas, realizadas fuera de un contexto laboral o profesional u otras no incluidas en el ámbito de la Ley 2/2023, que informen sobre conductas del personal de la Agencia Tributaria contrarias al ordenamiento jurídico, una vez admitidas se les dará la tramitación que corresponda, si bien, a la persona física informante le resultará de aplicación las garantías establecidas en el apartado 6.1. Asimismo, el informante recibirá el correspondiente acuse de recibo de recepción de su comunicación, de acuerdo con el apartado 1.5.