Los módulos en el IRPF
Te informamos sobre las características de esta modalidad de determinación del rendimiento
Cálculo del rendimiento neto
Para la determinación del rendimiento no se tiene en cuenta el flujo real de ingresos y gastos sino que se calcula en función de unos datos objetivos (módulo personal, superficie del local, mesas, longitud de barra, carga del vehículo, Kilómetros recorridos ...) que varían según la actividad que desarrolles.
Aunque realices varias actividades a las que resulte de aplicación este método, el cálculo se realiza de forma aislada y separada para cada actividad que tenga la consideración de independiente.
El esquema a seguir para obtener el rendimiento sería:
Fase1ª
Unidades de módulos empleadas, utilizadas o instaladas
(x) Rendimiento anual por unidad de módulo (antes de amortización)
= Rendimiento neto previo
Fase 2ª
(-) Minoración por incentivos al empleo
(-) Minoración por incentivos a la inversión
= Rendimiento neto minorado
Fase 3ª
(x) Índices correctores (según la actividad y determinadas circunstancias)
= Rendimiento neto de módulos
Fase 4ª
(-) Reducción de carácter general: (para el 2022: 15%, para el 2023: 10% y para el 2024: 5%)
(-) Reducción especial para actividades económicas en Lorca: 20%
(-) Reducción especial para actividades económicas en la isla de La Palma: (2022, 2023 y 2024: 20%)
(-) Gastos extraordinarios por circunstancias excepcionales (Incendios, inundaciones, hundimientos, etc., comunicadas a la AEAT en tiempo y forma)
(+) Otras percepciones empresariales
= Rendimiento neto de la actividad
Fase 5ª
(-) Reducción por irregularidad: 30%
= Rendimiento neto reducido de la actividad
(*) Aplicable únicamente respecto del componente "Otras percepciones empresariales" con período de generación superior a dos años o que se califiquen reglamentariamente como obtenidas de forma notoriamente irregular en el tiempo.
El cálculo del rendimiento de cada actividad será el que resulte de realizar sobre el volumen de ingresos las siguientes operaciones:
Fase 1ª
Ingresos íntegros (incluidas subvenciones, indemnizaciones y ayuda PAC pago único)
(×) Índice de rendimiento neto
(*) Cuando el perceptor de la ayuda directa de pago único de la PAC no haya obtenido ingresos por actividades agrícolas o ganaderas el índice de rendimiento neto a aplicar es el 0,56.
Desde 2023 el índice a aplicar sobre las ayudas será el 0,56 cuando los ingresos de la actividades agrícolas y ganaderas, distintos de la ayuda, sean inferiores al 25% del total de ingresos. En caso contrario, las ayudas se acumularán a los ingresos de los cultivos o explotaciones.
= Rendimiento neto previo
Fase 2ª
En 2022, 2023 y 2024 (para actividades agrícolas y ganaderas): Reducción por adquisición de gasóleo agrícola (35% del precio de adquisición)
En 2022, 2023 y 2024 (para actividades agrícolas y ganaderas): Reducción por adquisición de fertilizantes (15% del precio de adquisición)
(−) Amortización del inmovilizado material e intangible (excluidas actividades forestales)
= Rendimiento neto minorado
Fase 3ª
(×) Índices correctores (en función del tipo de actividad y determinadas circunstancias)
= Rendimiento neto de módulos
Fase 4ª
(−) Reducción de carácter general: (para el 2022: 25%, para el 2023: 15% y para 2024: 5%)
(−) Reducción especial para actividades económicas en la isla de La Palma: (2022, 2023 y 2024: 20%)
(−) Reducción agricultores jóvenes: 25%
(−) Gastos extraordinarios por circunstancias excepcionales (incendios, inundaciones, hundimientos, etc., comunicadas a la AEAT en tiempo y forma)
= Rendimiento neto de la actividad
Fase 5ª
(−) Reducción por irregularidad: 30% (Reducciones de rendimientos generados en más de 2 años u obtenidos de forma notoriamente irregular)
= Rendimiento neto reducido de la actividad