Internet bidezko erosketak eta partikularren arteko bidalketak
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150 eurorainoko balioa duten bidalketak
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El 1 de julio de 2021 entró en vigor el denominado “paquete IVA”, una normativa europea que incorpora cambios en la fiscalidad del comercio electrónico. En el caso de los particulares que realizan compras por internet a empresas de fuera de la Unión Europea, estas modificaciones influyen en la forma en que harán el pago del IVA por los productos que adquieren.
Desde esa fecha, los productos de pequeño valor que el consumidor compra por internet y que se envían desde fuera de la UE pasan a estar sujetos a IVA, como viene sucediendo con los de mayor importe.
Con esta medida, la Unión Europea pone en igual situación fiscal la compra de un bien en España frente a la compra por internet de un bien proveniente de un país de fuera de la UE.
A modo de ejemplo, hasta el 30 de junio de 2021 la compra de un paquete de bolígrafos en una tienda española por un importe de 7 euros suponía tener que pagar un 21% de IVA sobre el precio de venta (1.47 euros), mientras que si el consumidor lo adquiere por internet y los bolígrafos llegan a nuestro país desde fuera de la UE, por esos bolígrafos no se paga IVA. La reforma europea establece que, si los bolígrafos llegan a España a partir del 1 de julio de 2021, esos productos tendrán IVA.
La normativa europea ha previsto sistemas de recaudación que evitan al consumidor el tener que realizar obligaciones formales con la Aduana. En la mayoría de los casos, para compras inferiores a 150 euros, serán los propios portales de internet, o los operadores que introduzcan las mercancías en nuestro país, quienes se encargarán de ingresar el IVA que los consumidores tienen que pagar.
Los mecanismos previstos por la Unión Europea para evitar molestias y trámites al consumidor son los siguientes:
Mediante un sistema de ventanilla única (sistema IOSS), los portales de internet pueden ingresar el IVA correspondiente a las ventas en las que sean intermediarios. En este caso, el comprador no tiene que hacer nada y el precio que satisfaga por la compra será un precio cerrado sin que exista ningún otro gasto posterior sobrevenido en concepto de IVA y trámites en la Aduana.
Si la compra se realiza en un portal de internet que no participa en el sistema anterior, las empresas que introduzcan las mercancías en nuestro país serán las encargadas de ingresar las cuotas de IVA correspondientes. El consumidor tampoco tendrá que hacer trámites adicionales, pero sí es muy posible que no le hagan entrega del paquete sin que antes satisfaga a la empresa transportista el 21% del precio del bien (así como quizá ciertos gastos de gestión).
Es importarte que el consumidor preste especial atención a las condiciones de compra del portal donde adquiera sus productos para comprobar si el precio ofertado ya incluye el IVA y los gastos de gestión.
Por último, la Agencia Tributaria ofrece información y asistencia a los particulares respecto a las dudas y formalidades aduaneras que puedan ser necesarias.
Asistencia ADI
El ADI es el "mostrador virtual" de la Agencia Tributaria que presta de forma personalizada no presencial, servicios de información y asistencia especializada sobre ciertos procedimientos. Este servicio se presta a contribuyentes de todo el territorio nacional durante un amplio horario que abarca de 9 a 19 horas de lunes a viernes.