Cómo comunicar los documentos visados. COGA-AEAT
El acuerdo entre la Agencia Tributaria y el Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos de España firmado el 20 de enero de 2022 establece la colaboración entre ambas partes para la tramitación de la documentación que ha de acompañar a las declaraciones del modelo 06 y a la asignación de NIF a menores.
Los pasos que se siguen son estos:
- Los colegiados en un Colegio Oficial adherido al convenio de colaboración que vayan a presentar un modelo 06 o una solicitud de NIF de un menor, podrán presentar respectivamente la documentación electrónica o la documentación (original y copia) que ha de acompañar a tales declaraciones y solicitudes ante su respectivo Colegio Oficial.
- El Colegio Oficial recibirá la documentación que se le presente, siempre que haya sido visada y comprobada que la misma es correcta y completa y la archivará, al menos durante cinco años, a disposición de la Agencia Tributaria, a quien comunicará por vía electrónica que la ha recibido y que la misma es completa y correcta.
- La Agencia Tributaria remitirá al Colegio Oficial un número de referencia electrónico que deberá incorporarse, por el Colegio Oficial, a la documentación visada y, por el colegiado, a la presentación de la declaración o solicitud.
Desde la Sede Electrónica el acceso a esta comunicación se realiza en los trámites de "Comunicación del Visado de Documentación. Encomienda de Gestión COGA-AEAT" disponible en los trámites de "Colaboración social".
Una vez aquí, la comunicación se realizará desde las opciones "Presentación para el modelo 06" o "Presentación para el NIF de menores", según la documentación visada que se desee comunicar.
El acceso requiere la identificación con certificado electrónico emitido a nombre del COGA para verificar que el colegio está adherido al acuerdo con la AEAT.
Se indicarán los datos requeridos y, tras firmar y enviar la información, la AEAT emitirá el Número de Referencia Electrónico.
La Agencia Tributaria emitirá un Número de Referencia Electrónico (NRE) a modo de justificante.
Una vez obtenido el Número de Referencia Electrónico (NRE), el gestor podrá realizar la presentación telemática de los trámites: "Modelo 06 - Presentación (exclusivo para gestores)" y/o "Asignación de NIF a menores por gestores administrativos" a través de la Sede Electrónica de la AEAT.
Nota: los borradores (con o sin certificado) no entran dentro del procedimiento del COGA, por tanto, la descarga de los CEM para los borradores no existe.
El trámite habilitado para la "Asignación de NIF a menores por gestores administrativos" se encuentra en los trámites del modelo 030.