Cómo suspender un certificado electrónico
La suspensión deja sin efectos el certificado durante un período de tiempo y en unas condiciones determinadas.
La posibilidad de suspensión de un certificado, así como el procedimiento establecido en su caso para dicha suspensión, dependen de la Autoridad de Certificación que lo haya emitido (puede consultar la página Web de la Autoridad de Certificación).
La FNMT-RCM podrá suspender la vigencia de los Certificados de representación por las siguientes causas:
- a solicitud del legítimo interesado;
- a solicitud de Autoridad Judicial;
- por existir dudas fundadas acerca de la concurrencia de las causas de extinción de la vigencia de los certificados.
Asimismo, la solicitud de suspensión puede deberse a la existencia de una investigación o procedimiento judicial o administrativo en curso, cuya conclusión pueda determinar que el certificado está afectado por una causa de revocación. En estos casos la FNMT-RCM, a solicitud del legítimo interesado, suspenderá la vigencia del certificado por el plazo requerido y, transcurrido este plazo, procederá a la revocación del certificado salvo que a la FNMT-RCM se le solicite, de forma fehaciente por el legítimo interesado, la reactivación del mismo.
La FNMT procederá a suspender el certificado de forma provisional durante un plazo de treinta días, plazo tras el cual se extinguirá el certificado mediante su revocación directa salvo que se hubiera levantado la suspensión mediante solicitud de cancelación de la suspensión. (Este plazo de treinta días podrá verse alterado en función de los procedimientos judiciales o administrativos que lo pudieran afectar).
La Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) permite la suspensión de certificados. A estos efectos, la suspensión de un certificado podrá realizarse por el suscriptor, por el representante o por una persona distinta con la debida autorización.
La solicitud de la suspensión de los certificados de representación se podrá realizar a través de las Oficinas de Registro implantadas por las Entidades usuarias con las que la FNMT-RCM haya suscrito el convenio correspondiente.
Si durante el plazo de suspensión del certificado este caducara o se solicitara su revocación, se producirán las mismas consecuencias que para los certificados no suspendidos que se vieran afectados por supuestos de caducidad o de revocación respectivamente.