Plazos de presentación de autoliquidaciones con domiciliación bancaria
El plazo de presentación de autoliquidaciones con domiciliación bancaria va a depender del fin del plazo de presentación de cada modelo. Así, si el vencimiento del plazo de presentación coincide con un día inhábil, el plazo finaliza el primer día hábil siguiente y el plazo de domiciliación bancaria se ampliará con carácter general el mismo número de días que resulte ampliado el plazo de presentación de dicha declaración. A continuación, se indican los plazos generales y de domiciliación bancaria para cada modelo, correspondientes al año 2025:
MODELO | PLAZO DOMICILIACIÓN BANCARIA AÑO 2025 | VENCIMIENTO PLAZO DE PRESENTACIÓN AÑO 2025 |
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Modelo 100 y 714 | Hasta 25 de junio | Hasta 30 de julio |
Modelo 102 | Hasta 30 de septiembre (para contribuyentes que hayan domiciliado el primer plazo) | Hasta el 5 de noviembre |
Modelo 303 |
Obligación trimestralCon carácter general: domiciliación del 1 al 25 de enero y del 1 al 15 de abril, julio y octubre
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Obligación trimestralCon carácter general: presentación del 1 al 30 de enero y del 1 al 20 de abril, julio y octubre
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Modelo 718 |
Autoliquidación anual 20241 al 28 de julio |
Autoliquidación anual 20241 al 31 de julio |