7.4.4.5. Reducción por adquisición de gasóleo agrícola y fertilizantes
Las actividades agrícolas y ganaderas podrán reducir el rendimiento neto previo:
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En el 35% del precio de adquisición del gasóleo agrícola
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En el 15% del precio de adquisición de los fertilizantes
En ambos casos, las adquisiciones tienen que ser necesarias para el desarrollo de dichas actividades, se deben haber efectuado en el ejercicio 2022 y figurar documentadas en facturas emitidas en dicho período que cumplan los requisitos previstos en el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación