1.4 Modelo 039
Los empresarios o profesionales que formen parte de un grupo de entidades y que vayan a aplicar este régimen especial previsto en la Ley del IVA, deberán comunicarlo (la entidad dominante) en el modelo 039, en el mes de diciembre anterior al año natural en el que deba surtir efecto.
Asimismo, la entidad dominante deberá presentar el modelo 039 cuando se produzca cualquier modificación que afecte a las entidades del grupo o por la incorporación de entidades de nueva creación, dentro del periodo de declaración-liquidación correspondiente al periodo de liquidación en que se produzca la modificación o incorporación.
Se presentará igualmente el modelo 039 para solicitar la inscripción en el Registro de devolución mensual -REDEME-, así como opciones o renuncias, con carácter general en el mes de diciembre anterior al año en que deban surtir efectos. Si los acuerdos para la inscripción se adoptaran con posterioridad al inicio del año natural, debe presentarse durante el plazo de presentación de las autoliquidaciones periódicas, surtiendo efectos desde el día siguiente a aquél en el que finalice el periodo de liquidación de dichas autoliquidaciones.