12.3.2 Avisos de notificaciones
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas permite comunicar un número de teléfono móvil o una dirección de correo electrónico para recibir avisos de las notificaciones emitidas por la Agencia Tributaria.
El aviso recibido en ningún caso tendrá la consideración de notificación. Si por motivos técnicos, no es posible realizar el aviso, ello no impedirá que la notificación sea considerada plenamente válida.
El texto del aviso es: “La Agencia Tributaria ha emitido una notificación dirigida a xxxxxxxxxxx con NIF 11∗∗∗22∗∗, en calidad de xxx” . Por motivos de seguridad, solo se mostrarán algunos dígitos del NIF.
Personas físicas
Se accede al servicio de suscripción, con certificado electrónico o DNIe, Cl@ve, o número de referencia (Servicio RENØ).
Para acceder a la notificación se requiere Cl@ve, certificado electrónico o DNIe . No es posible acceder a la notificación con el número de referencia. Sin perjuicio de lo anterior, se enviará la notificación por correo postal siempre que no conste acceso electrónico previo a la impresión.
Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica
Las personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica para acceder a este servicio voluntario de suscripción deberán disponer de certificado electrónico de representante.
Complementariamente, en la DEHú (integrada en Carpeta Ciudadana) es posible suscribirse a un sistema general de avisos de notificación con lo que si el ciudadano se ha suscrito al sistema de avisos de notificaciones de la AEAT podrá recibir varios avisos para una misma notificación.