5.4.4 Modelos de autoliquidaciones
El modelo 303 se presentará trimestralmente entre el 1 y el 20 de abril, julio y octubre y entre el 1 y el 30 de enero del año siguiente. Si en algún trimestre no resultara cantidad a ingresar, se presentará igualmente declaración del último período.
Si se domicilia el pago la presentación se realizará por Internet entre el 1 y el 15 de abril, julio y octubre y entre el 1 y el 25 de enero.
Además, deberá presentarse una declaración resumen anual, en el modelo 390, junto con la autoliquidación final salvo que queden exonerados de la presentación de esta declaración resumen.