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Guía de procedimientos amistosos

a. ¿Qué es un procedimiento amistoso?

Los procedimientos amistosos son un mecanismo de resolución de conflictos entre Administraciones tributarias cuando la actuación de alguna de ellas ha provocado o puede provocar una imposición no conforme con un Convenio Fiscal.

Es decir que, para poder iniciar un procedimiento amistoso, incluso aunque se haga uso del mecanismo previsto en la Directiva 2017/1852 del Consejo, de 10 de octubre de 2017, relativa a los mecanismos de resolución de litigios fiscales en la Unión Europea, tiene que existir un Convenio Fiscal que sea aplicable al caso. Ese Convenio puede ser:

  • Cualquiera de los Convenios para evitar la Doble Imposición internacional y prevenir la evasión fiscal en materia de renta y patrimonio aplicables en España (https://www.hacienda.gob.es/es-ES/Normativa%20y%20doctrina/Normativa/CDI/Paginas/cdi.aspx).

  • El Convenio relativo a la supresión de la doble imposición en caso de corrección de los beneficios de empresas asociadas, hecho en Bruselas el 23 de julio de 1990 (B.O.E. de 21 de diciembre de 1994).