Introducción: esquema
Normativa: Véanse el Anexo I y las instrucciones para la aplicación de los signos, índices o módulos en el IRPF contenidas en el mismo de la Orden HAC/1264/2018, de 27 de noviembre (BOE del 30).
El rendimiento neto es el resultante de la suma de los rendimientos netos que correspondan a cada una de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales desarrolladas por el contribuyente. (1)
El rendimiento neto correspondiente a cada actividad debe obtenerse efectuando de forma sucesiva las operaciones que esquemáticamente se indican a continuación:
Fase 1ª
Ingresos íntegros (incluidas subvenciones, indemnizaciones y ayuda PAC pago único)
(×) Índice de rendimiento neto
(*) Cuando el perceptor de la ayuda directa de pago único de la PAC no haya obtenido ingresos por actividades agrícolas o ganaderas el índice de rendimiento neto a aplicar es el 0,56.
= RENDIMIENTO NETO PREVIO
Fase 2ª
(−) Reducción por amortización del inmovilizado material e intangible (excluidas actividades forestales)
= RENDIMIENTO NETO MINORADO
Fase 3ª
(×) Índices correctores (en función del tipo de actividad y determinadas circunstancias)
= RENDIMIENTO NETO DE MÓDULOS
Fase 4ª
(−) Reducción de carácter general: 5 por 100
(−) Reducción agricultores jóvenes: 25 por 100
(−) Gastos extraordinarios por circunstancias excepcionales (incendios, inundaciones, hundimientos…)
= RENDIMIENTO NETO DE LA ACTIVIDAD
Fase 5ª
(−) Reducción por irregularidad: 30 por 100
= RENDIMIENTO NETO REDUCIDO DE LA ACTIVIDAD
(1 ) Las actividades agrícolas, ganaderas y forestales incluidas en el método de estimación objetiva en el ejercicio 2019 se relacionan en este mismo Capítulo.(Volver)