1. Reducción general: 20 por 100 y 35 por 100 para actividades vinculadas al sector turístico, la hostelería y el comercio
Normativa: Disposición adicional primera de la Orden HAC/1164/2019, de 22 de noviembre (BOE del 30) y art. 9 del Real Decreto-ley 35/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes de apoyo al sector turístico, la hostelería y el comercio y en materia tributaria (BOE del 23).
Para 2020 se establece una reducción, con carácter general, del 20 por 100 que se incrementa hasta el 35 por 100 para actividades vinculadas al sector turístico, la hostelería y el comercio.