Por cada hijo de 0 a 3 años de contribuyentes que tengan su residencia o trasladen la misma a pequeños municipios de La Rioja en el periodo impositivo y la mantengan durante un plazo de al menos 3 años consecutivos
Normativa: Art. 32.5 Ley 10/2017, de 27 de octubre, por la que se consolidan las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia de impuestos propios y tributos cedidos.
Cuantía de la deducción
100 euros mensuales por cada hijo de 0 a 3 años.
En el caso de progenitores con derecho a deducción por el mismo descendiente y que presenten declaraciones individuales, su importe se prorrateará por partes iguales.
Requisitos y otras condiciones para la aplicación de la deducción
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Que el contribuyente tenga su residencia habitual o traslade la misma durante 2021 a uno de los pequeños municipios de La Rioja que se relacionan al final de las deducciones autonómicas de esta Comunidad Autónoma.
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Que dicha residencia se mantenga durante un plazo continuado de, al menos, 3 años contados desde el mes en que se inicie el derecho a la deducción.
Excepción: Sin embargo, no se perderá el derecho a la deducción cuando, a pesar de no haber transcurrido dicho plazo, se produzca el fallecimiento del contribuyente o concurran circunstancias que necesariamente exijan el cambio de residencia, tales como separación matrimonial, traslado laboral, obtención de primer empleo o de empleo más ventajoso u otras análogas.
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Solo se tendrán en cuenta aquellos hijos de 0 a 3 años que den derecho al contribuyente a la aplicación del mínimo por descendiente.
En caso de fallecimiento del hijo o del progenitor, la deducción no resulta aplicable por el mes en el que haya tenido lugar el fallecimiento, incluso si se ha producido el último día del mes.
Consignación en la declaración del código correspondiente al municipio
Los contribuyentes deberán consignar en la casilla [1062] del anexo B.6 de la declaración, el código correspondiente al municipio en el que esté situada la vivienda, conforme a la relación de municipios de La Rioja con derecho a esta deducción que puede consultar en su correspondiente apartado.
Pérdida del derecho a la deducción practicada
El incumplimiento de los requisitos mencionados, obligará al contribuyente a devolver las deducciones indebidamente practicadas más los correspondientes intereses de demora, mediante regularización en la declaración del IRPF del año en que se produzca el incumplimiento.