Módulo "Máquinas recreativas"
Normativa: Instrucción 2.1.13ª para la aplicación de los signos, índices o módulos en el IRPF del anexo II Orden HFP/1335/2021, de 1 de diciembre (BOE de 2 de diciembre).
Únicamente se computarán las máquinas recreativas instaladas que no sean propiedad del titular de la actividad.
Esta magnitud comprende dos módulos: máquinas tipo "A" y máquinas tipo "B" de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 4º y 5º, respectivamente, del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar, aprobado por el Real Decreto 2110/1998, de 2 de octubre (BOE de 16 de octubre).
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Máquina recreativa tipo "A". Son máquinas tipo "A" todas aquellas de mero pasatiempo o recreo que se limitan a conceder al usuario un tiempo de uso o de juego a cambio del precio de la partida, sin que puedan conceder ningún tipo de premio en metálico, en especie o en forma de puntos canjeables por objetos o dinero.
Se incluyen también en este grupo de máquinas de tipo «A» las que ofrezcan como único aliciente adicional y por causa de la habilidad del jugador la posibilidad de continuar jugando por el mismo importe inicial en forma de prolongación de la propia partida o de otras adicionales, que en ningún caso podrá ser canjeada por dinero o especie.
Véanse los apartados 1 y 2 del artículo 4 del Real Decreto 2110/1998, de 2 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar.
- Máquina recreativa tipo "B". Son máquinas tipo "B" aquellas que, a cambio del precio de la jugada, conceden al usuario un tiempo de uso o de juego y, eventualmente, de acuerdo con el programa de juego, un premio en metálico.
Atención: téngase en cuenta que las máquinas propiedad del titular constituyen una actividad independiente, clasificada en el epígrafe 969.4 del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) y que dicha actividad no está entre las actividades incluidas en el método de estimación objetiva por lo que, en principio, los rendimientos derivados de la misma no pueden determinarse por este método, sino por el de estimación directa.