Por donativos para la protección del patrimonio cultural de la Región de Murcia o la promoción de actividades culturales y deportivas
Normativa: Art. 1. Dos.1 Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en la Región de Murcia en materia de Tributos Cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 5 de noviembre
Atención: téngase en cuenta que la base de deducción autonómica se reducirá en las cantidades que, para una misma donación, se hayan beneficiado de la deducción general por donativos y otras aportaciones a que se refiere el artículo 68.3 de la Ley del IRPF. Ahora bien, en el caso de que la base de deducción general por donativos, donaciones y otras aportaciones supere el 10 por 100 de la base liquidable del ejercicio, el exceso puede formar parte de la base de deducción autonómica, ya que para la deducción autonómica no se fija límite.
Cuantía de la deducción
El 50 por 100 de las donaciones dinerarias puras y simples efectuadas durante el período impositivo para las finalidades que se indican a continuación:
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La protección del patrimonio cultural de la Región de Murcia o
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La promoción de actividades culturales y deportivas
Condiciones y requisitos para aplicar la deducción
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Las donaciones deberán realizarse a favor de cualquiera de las siguientes entidades:
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La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, así como las entidades dependientes del sector público autonómico.
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Las fundaciones que persigan exclusivamente fines culturales, las asociaciones culturales y deportivas que hayan sido declaradas de utilidad pública y las federaciones deportivas, que se encuentren inscritas en los Registros respectivos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
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La aplicación de la deducción requerirá la emisión por parte de la entidad donataria de certificación que contenga los siguientes datos:
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El número de identificación fiscal del donante y de la entidad donataria, importe y fecha del donativo. La entrega del importe donado deberá realizarse necesariamente mediante transferencia bancaria, cuyos datos identificativos deberán asimismo constar en la certificación.
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Mención expresa de que la donación se ha efectuado de manera irrevocable y de que la misma se ha aceptado.
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En el caso en que por las cantidades donadas el contribuyente aplique las deducciones estatales por donativos y otras aportaciones del artículo 68.3 de la Ley del IRPF, la base de deducción autonómica se minorará en las cantidades que constituyan la base de deducción en aquellas.