Para familias numerosas
Normativa: Art. 11 del Texto Refundido de las disposiciones legales del Principado de Asturias en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 2/2014, de 22 de octubre
Cuantía de la deducción
Los contribuyentes que formen parte de una unidad familiar que, a la fecha de devengo del impuesto (normalmente, el 31 de diciembre), ostente el título de familia numerosa expedido por la autoridad competente en materia de servicios sociales tendrán derecho a deducir la cantidad que proceda de las siguientes:
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1.000 euros, cuando se trate de familia numerosa de categoría general.
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2.000 euros, cuando se trate de familia numerosa de categoría especial.
Se equiparan a familia numerosa de categoría general, a los efectos de la presente deducción, las familias que a fecha de devengo del impuesto estén constituidas por uno o dos ascendientes con dos hijos, sean o no comunes. En este supuesto sólo tendrá derecho a esta deducción el contribuyente cuya base imponible no resulte superior a 35.000 euros en tributación individual ni a 45.000 euros en tributación conjunta.
Requisitos y otras condiciones para la aplicación de la deducción
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Las condiciones necesarias para la consideración de familia numerosa y su clasificación por categorías se determinarán con arreglo a lo establecido en la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las familias numerosas (BOE de 19 de noviembre).
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La deducción únicamente resultará aplicable en los supuestos de convivencia del contribuyente con el resto de la unidad familiar a la fecha de devengo del impuesto (normalmente, el 31 de diciembre).
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Cuando exista más de un contribuyente con derecho a la aplicación de la deducción a la fecha de devengo del impuesto (normalmente, el 31 de diciembre) y estos realicen declaración individual del impuesto, la deducción se prorrateará por partes iguales en la declaración de cada uno de ellos, aplicándose el beneficio fiscal únicamente en la declaración de aquellos que cumplan las condiciones establecidas para ser beneficiarios de la misma.
A estos efectos debe tenerse en cuenta que la determinación del número de personas con derecho a aplicar la deducción se realiza sin tener en consideración si sus bases imponibles son o no inferiores a las exigidas para poder aplicarla de forma efectiva.