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Manual específico de Renta 2025 para personas mayores de 65 años

Comunidad Autónoma del Principado de Asturias

Normativa: Arts. 2 bis, 2 ter, 2 quater y 2 quinquies Decreto Legislativo 2/2014, de 22 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales del Principado de Asturias en materia de Tributos Cedidos por el Estado

Se establecen los siguientes importes de los mínimos del contribuyente, por descendientes, por ascendientes y por discapacidad, que deben aplicar los contribuyentes residentes en el territorio de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias para el cálculo del gravamen autonómico:

Mínimo del contribuyente

  • 6.105 euros anuales con carácter general.

  • Más 1.265 euros anuales por contribuyente mayor de 65 años.

  • Adicionalmente, 1.540 euros anuales por contribuyente mayor de 75 años.

Mínimo por ascendientes

  • 1.265 euros anuales.

  • Más 1.540 euros anuales por cada ascendiente mayor de 75 años.

Mínimo por discapacidad del contribuyente y de ascendientes 

  • 3.300 euros anuales por cada contribuyente o ascendiente, cuando sea una persona con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 e inferior al 65 por 100.

  • 9.900 euros anuales por cada contribuyente o ascendiente, cuando sea una persona con un grado de discapacidad igual o superior al 65 por 100.

  • Más 3.300 euros anuales por cada contribuyente o ascendiente que acredite necesitar ayuda de terceras personas o movilidad reducida, o un grado de discapacidad igual o superior al 65%.

Mínimo por discapacidad

Grado de discapacidad

Discapacidad del contribuyente y/o ascendiente

Gastos asistencia

Cuantía total

Igual o superior al 33% e inferior al 65%

3.300 €

3.300 €

Igual o superior al 33% e inferior al 65% y que acredite necesitar ayuda de terceras personas o movilidad reducida

3.300 €

3.300 €

6.600 €

Igual o superior al 65%

9.900 €

3.300 €

13.200 €