Orden de aplicación de las deducciones sobre la cuota íntegra autonómica
Tras las novedades para el ejercicio 2023 indicadas en los apartados anteriores las deducciones autonómicas se aplicarán en el siguiente orden:
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El importe de las deducciones del ejercicio 2023 no incluidas en el apartado 3 siguiente.
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El importe de las deducciones "Por familia numerosa", "Por nacimiento o adopción de hijos", "Por partos múltiples o adopciones simultáneas", "Por gastos de adopción", "Por cuidado de hijos menores" y "Por cuotas a la Seguridad Social de empleados del hogar" pendientes de aplicación de ejercicios anteriores (2020, 2021 y 2022) y el importe de la deducción por paternidad pendiente de aplicación por el ejercicio 2020.
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El importe de las deducciones "Por familia numerosa", "Por nacimiento o adopción de hijos", "Por partos múltiples o adopciones simultáneas", "Por gastos de adopción", "Por cuidado de hijos menores" y "Por cuotas a la Seguridad Social de empleados del hogar" generado en el ejercicio 2023. La suma de tales importes se consignará de forma conjunta en la casilla [0995].