Tipos de entidades sin fines lucrativos
Regulación: Artículo 2 Ley 49/2002
Se consideran entidades sin fines lucrativos:
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Las fundaciones.
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Las asociaciones declaradas de utilidad pública.
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Las organizaciones no gubernamentales de desarrollo a que se refiere la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo, siempre que tengan alguna de las formas jurídicas a que se refieren los párrafos anteriores.
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Las delegaciones de fundaciones extranjeras inscritas en el Registro de Fundaciones.
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Las federaciones deportivas españolas, las federaciones deportivas territoriales de ámbito autonómico integradas en aquéllas, el Comité Olímpico Español y el Comité Paralímpico Español.
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Las federaciones y asociaciones de las entidades sin fines lucrativos a que se refieren los párrafos anteriores.