Casilla 00029 Régimen especial Canarias
Marcarán esta casilla aquellas entidades a las que se les aplique el Régimen fiscal especial de Canarias. En particular, las entidades que apliquen el régimen especial de la Zona Especial de Canarias, las entidades que practiquen las bonificaciones a que se refieren los artículos 26 y 76 de la Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, las entidades que practiquen las deducciones por inversiones en Canarias a que se refiere esta misma Ley, y las entidades que hayan dotado la reserva para inversiones en Canarias contemplada en el artículo 27 de este texto legal y tengan derecho a la reducción de la base imponible por este concepto o, en su caso, hayan incumplido los requisitos que dieron derecho a esta reducción en períodos impositivos anteriores y deban integrar en la base imponible del período impositivo objeto de declaración la reducción de la base imponible indebidamente practicada.
Esta casilla se deberá marcar siempre que se cumplimente cualquiera de los apartados del modelo 200 relativos a la reserva por inversiones en Canarias o a las deducciones por inversiones en Canarias previstos en la Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias y en la Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico Fiscal de Canarias, por estar reguladas en la normativa especial de Canarias y ser exigible por la Comisión Europea la Información sobre beneficios fiscales.
Puede consultar las particularidades del régimen fiscal de Canarias en el Capítulo 12 de este Manual práctico.