Información sobre operaciones vinculadas (modelo 232)
El artículo 13.4 del RIS establece que el contribuyente deberá incluir en las declaraciones que así se prevea, la información relativa a sus operaciones vinculadas en los términos que se establezca por Orden del Ministro de Hacienda.
Tradicionalmente, esta obligación de información se suministraba en el modelo 200 mediante la cumplimentación de los cuadros relativos a la información de operaciones con personas o entidades vinculadas.
Para los períodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2016, se optó por trasladar la obligación de suministrar en el modelo 200 la información sobre estas operaciones con personas o entidades vinculadas, a una nueva declaración informativa.
A estos efectos, la Orden HFP/816/2017, de 28 de agosto, aprobó el modelo 232 de Declaración informativa de operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales: